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Ordenanza N° 5226

Exime del pago sobre el Impuesto Inmobiliario perteneciente a las asociaciones profesionales con personería gremial ubicadas en nuestra ciudad.- El beneficio se incorpora al Código Fiscal Ordenanza Nº 4993 – Derogada por Ordenanza Nº 5560

Año de Promulgación: 2002
Derogada por:

0-5560



Texto Ordenado:
(Ordenanza original con todas sus modificaciones)


Documentos de Ordenanza

5226.pdf

o-5226.doc

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