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Ordenanza N° 112

Deja sin efecto el pago la alícuota fijada en el artículo 3º inciso c) de la Ordenanza Nº 063 a los efectos del Impuesto Inmobiliario Adicional determinado en el artículo 71º del Código Fiscal Municipal. Ver Ord. Nº 64 (derogada por Ord. Nº 4993)

Año de Promulgación: 1965
Vigente

Texto Ordenado:
(Ordenanza original con todas sus modificaciones)


Documentos de Ordenanza

112.pdf

o-0112.doc

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Digesto Municipal

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